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Criterios orientativos para la fijación de costas procesales en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao

Acuerdo de la Junta Sectorial de Jueces de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, en sesión de 08 de noviembre de 2023. Enterada la Comisión de Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el 17 de noviembre de 2023.

Propuestas aprobadas

Primera.- Que en los asuntos en que se impugne una desestimación presunta, aunque se dicte resolución expresa en el curso del proceso, se entenderá que se ha obligado al actor a presentar recurso contencioso administrativo y, en consecuencia, no procederá la condena en costas.

Segunda.- Que cuando el/la juez/a considere que procede, de conformidad con el artículo 139.4 LJCA, imponer las costas en una cifra máxima, las cuantías orientativas de éstas serán [las que se recogen en el Anexo].

Tercera.- Dichas cuantías, orientativas y fijadas con carácter general, podrán ser incrementadas o reducidas en los casos en que se observe una complejidad o sencillez que merezca una especial consideración.

Cuarta.- En caso de que algún magistrado/magistrada decida en el ejercicio de su potestad jurisdiccional apartarse de estos criterios orientativos, deberá expresar sucintamente en su resolución las razones que justifican la imposición de unas diferentes.

> ANEXO. Cuantías orientativas para la limitación de costas del 139.4.
>
> ### PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS
>
> 1.- Procedimientos ordinarios:
>
> #### a) Determinados por la cuantía:
> - Menos de 50.000 euros: 1.000 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 100.000 euros: 1.500 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 300.000 euros: 2.000 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 500.000 euros: 3.000 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 1.000.000 euros: 4.000 euros (IVA no incluido).
> - Más de 1.000.000: 5.000 euros (IVA no incluido).
>
> #### b) Ordinarios de cuantía indeterminada:
> - 1.500 euros, con posibilidad de aumentar hasta 2.500 euros en casos de especial complejidad o de reducirla a 600 euros en asuntos sencillos sin relevante trascendencia económica (IVA no incluido).
> - Se considera expresamente como materia de complejidad la referida a los procesos sobre Urbanismo y Contratación Administrativa.
>
> #### c) Normas complementarias:
> - Sentencia de allanamiento: 250 euros (IVA no incluido).
> - En todos los casos, de haber sido necesaria la aportación de prueba pericial, la cuantía deberá aumentarse en 500 euros por cada prueba pericial aportada (IVA no incluido).
>
> ### PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS
>
> #### 2.- Sentencias en Procedimiento Abreviado por la cuantía:
> - Menos de 600 euros: 200 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 2.000 euros: 250 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 5.000 euros: 300 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 10.000 euros: 400 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 20.000 euros: 500 euros (IVA no incluido).
> - Hasta 30.000 euros: 600 euros (IVA no incluido).
>
> #### 3.- Abreviado determinado por la materia o que versa sobre determinadas materias:
> - Extranjería: 250 euros (IVA no incluido).
> - Personal: 300 euros (IVA no incluido).
> - Resto de procedimientos de cuantía indeterminada: 500 euros (IVA no incluido).
>
> #### 4.- Normas complementarias:
> - Sentencia de allanamiento: 150 euros (IVA no incluido).
> - En todos los casos, de haber sido necesaria la aportación de prueba pericial, la cuantía deberá aumentarse en 250 euros por cada prueba pericial aportada (IVA no incluido).
> - No procederá por regla general limitación alguna en procesos repetitivos que hayan sido resueltos con antelación al dictado de la sentencia.
>
> #### 5.- Sentencias en Procedimiento para la protección de Derechos Fundamentales:
>
> - 600 euros (IVA no incluido).
>
> ### OTROS:
>
> #### 6.- Incidente excepcional de nulidad de actuaciones:
> - 300 euros (IVA no incluido).
>
> #### 7.- Recursos de reposición y revisión:
> - La estimación de los recursos no conlleva la imposición de costas a la parte que se opusiera.
> - La desestimación conlleva la imposición de costas a la parte recurrente por importe de 100 euros (IVA no incluido).
>
> #### 8.- Autos resolviendo medidas cautelares y otros incidentes de especial pronunciamiento:
> - La concesión de medidas cautelares no conlleva la imposición de costas a ninguna de las partes aunque existiera oposición.
> - La denegación conlleva la imposición de costas a la parte solicitante, en cuantía de 150 euros (IVA no incluido).
>
> #### 9.- Autos resolviendo alegaciones previas:
> - En procedimiento ordinario o de protección de derechos fundamentales: 200 euros (IVA no incluido).
> - En procedimiento abreviado: 100 euros (IVA no incluido).
>
> #### 10.- Autos resolviendo incidentes de ejecución:
> - 250 euros (IVA no incluido).
>
> #### 11.- Ejecución provisional de sentencias:
> - No se establecerán costas por la concesión o denegación de la ejecución provisional.
>
> #### 12.- Impugnación de costas por indebidas o por excesivas:
> - No se aplicará limitación.
>
> #### 13. Pluralidad de demandados.
> - En caso de que la actora haya dirigido su pretensión frente a varios demandados y se le condene al pago de las costas, la cuantía que proceda se establecerá para cada uno de ellos, salvo que comparezcan por medio de la misma representación y/o defensa.

La Comisión aumenta los límites de ayudas de minimis (general y SIEG)

De la nota de prensa de la Comisión:

La Comisión Europea ha aprobado hoy, 13 de diciembre de 2023, dos Reglamentos que modifican las normas generales para pequeñas cantidades de ayuda (Reglamento de minimis) y para pequeñas cantidades de ayuda para servicios de interés económico general, como el transporte público y la atención sanitaria (Reglamento de minimis para SIEG).

Los reglamentos revisados entrarán en vigor el 1 de enero de 2024 y se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2030.

> El Reglamento actual de minimis (nº 1407/2013) exime las pequeñas cantidades de ayuda por considerar que no tienen impacto en la competencia y el comercio en el mercado único y que, por lo tanto, no constituyen ayudas de estado incompatibles conforme al artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. > > Las modificaciones adoptadas hoy incluyen los siguientes cambios principales: > > * El aumento del límite por empresa de 200 000 € (aplicable desde 2008) a 300 000 € en tres años, para tener en cuenta la inflación. > * La introducción de la obligación para los Estados miembros de registrar la ayuda de minimis en un registro central establecido a nivel nacional o de la UE a partir del 1 de enero de 2026, reduciendo así las obligaciones de información para las empresas. > * La introducción de refugios seguros para intermediarios financieros para facilitar aún más la ayuda en forma de préstamos y garantías, sin requerir una transferencia completa de ventajas de los intermediarios financieros a los beneficiarios finales. > > El Reglamento actual de minimis para los SIEG (nº 360/2012) establece una cantidad mínima de compensación para los proveedores de Servicios de Interés Económico General, por debajo de la cual se considera que la compensación es libre de ayuda y está exenta de las normas de ayudas estatales de la UE. Las modificaciones adoptadas hoy incluyen los siguientes cambios principales: > > * El aumento del límite por empresa de 500 000 € (aplicable desde 2012) a 750 000 € en tres años, para tener en cuenta la inflación. > * La introducción de la obligación para los Estados miembros de registrar la ayuda de minimis en un registro central establecido a nivel nacional o de la UE a partir del 1 de enero de 2026, reduciendo así las obligaciones de informe para las empresas.

Emilio Aparicio y su Newsletter son una joya

Les voy a contar una cosa. Que muchos ya conocerán, pero que espero que sirva de ayuda a otros. Hace tiempo que el SEO no me rula bien así que es probable que esto lo lean cuatro y el del tambor.

En cualquier caso, se la cuento porque quiero mostrar mi agradecimiento a Emilio Aparicio, abogado administrativista de Bilbao, por su web y por la Newsletter en la que recopila Autos de Admisión de recursos de casación y Sentencias de la Sala III del Tribunal Supremo.

Cojan ustedes este método de Google: introduzcan en el buscador site:emilioaparicio.eu y las palabras de lo que necesiten buscar. Por ejemplo:

site:emilioaparicio.eu revisión de oficio
site:emilioaparicio.eu caducidad
site:emilioaparicio.eu interinos

Y se van a encontrar con una recopilación de artículos de Emilio de plena vigencia y actualidad, y con una relación de Newsletters en las que se recogen autos y sentencias relativas a esos términos que son una mina de información.

Emilio, gracias.

Foto de Emilio Aparicio, abogado administrativista

Nota sobre los últimos cambios estéticos que le he hecho al blog

A modo de recordatorio, tomo nota aquí de los cambios que he introducido en el blog estos días.

He sustituido mi foto anterior por un avatar pixelado que he confeccionado en la web AVATARS IN PIXELS.

He subido esta nueva imagen a mi cuenta de Gravatar. De esta forma, micro.blog se referencia por defecto al avatar de Gravatar y muestra este nuevo monigote. Para asegurarme de que esto sucede así, he borrado la fotografía que anteriormente había subido a la sección de Account de micro.blog.

Hecho eso, me he dado cuenta de que el nuevo avatar aparecía integrado dentro de un marco circular azul. Esto es porque se le aplicaba este CSS que había personalizado para enmarcar las imágenes:

img {
    border: 2px solid #3988a7;
    border-radius: 20px;
	margin-left: auto;
	margin-right: auto;
}

Para excluir el avatar de ese atributo y dejarlo sin ningún marco a su alrededor, he incluido este código en el CSS:

img.profile_photo {
	border: none;
}

El siguiente atributo es para centrar todo el encabezamiento en la página (avatar, título de la web y botones de navegación):

.site-header {
	text-align: center;
}

Finalmente, tenía ganas de volver a utilizar el logo de umerez.eu que diseñó Carola Clavo hace algún tiempo, por lo que he tenido que hacer lo siguiente:

  • Cambiar el título de la web de Esteban Umerez Blog a umerez.eu en la sección de Design de la cuenta de micro.blog.
  • Subir la tipografía utilizada por Carola (Quicsand Light) a la sección de Uploads y guardar su URL.
  • Incluir el siguiente código CSS.
@font-face {
	font-family: 'UmerezQuicksandLight';
	src: url('https://[ruta de la fuente tipográfica]') format('opentype');
}
h1 {
	font-family: 'UmerezQuicksandLight';
	font-weight: 100;
}

El primer atributo @font-face es para incluir la referencia a la tipografía previamente subida a la web, de forma que luego cada elemnto pueda referirse a esa nueva familia de fuentes.

Los atributos format('opentype') y font-weight: 100; han sido fundamentales, porque de otra forma el título no se mostraba correctamente. Sin el formato adecuado, no se mostraba la nueva fuente sino que renderizaba una por defecto del CSS principal (Times New Roman, si no me equivoco). Y sin el peso font-weight adecuado, se mostraba la tipografía Quicksand en negrita.

No he podido cambiarle el color. He usado distintos atributos, tanto en el título h1 como en el site-header pero no ha funcionado. Se muestra en negro y cambiar color azul deseado (#3988a7) cuando se pasa el ratón por encima. Lo volveré a intentar en otra ocasión.

Aquella

This is for Sarah Burstein, I thought she might like it. Sarah just tooted “Se acabó”, and she might not know that it’s a song, an anthem, sang by María Jiménez, a strong woman and wonderful performer that lived a hard life and passed away a short while back.

I was looking for “Se acabó” with proper lyrics translated to English, but I found this other song that I love. I wanted to share it with Sarah and with anybody else that just had enough, that want to shout “Se acabó”. The translation for the lyrics is below the video.

{{< youtube 4QP-Z7eJSos >}}

That
Whom you loved so much
As long as it suited you, that one
That’s still me

The one
Who lifted you off the ground
The one who lifted you up to the sky, that one
That’s still me

The one
Who loved you beyond measure
And in her love left her life, that one
That’s still me

That one
The one whose story you tell is humiliating
The one you drag with the people of your class
And from whom with viciousness you stole her joy, ay

Oh, that one
The one you threw away like a dog from your life
And because of you she is lost in the world
And for whom everyone still respects you

But how badly I misjudged you
If you like garbage, but look how crazy
But for you it’s all right
But how I miscalculated

I thought you were so decent and you like it ordinary
For cheap or what do I know
And I don’t sing of pain
I’m not looking for someone to love me
Nor do I seek financial backing
I’m not looking for someone to love me

I, I am not a bill of exchange
Nor am I a currency to be given
That is given to anyone
Like a check to the bearer

What I did thank you for
Is that you keep in mind
That I’m not for sale
And much less for you
Love

You’re a businessman
You want everything with partners
Now I get it, I get it
You let me down so much

I’m leaving you a blank check
In your name, it’s for you
For as much as you want
That where it says “contempt”1
That should be your price
And it’s signed by me


  1. Contempt is “desprecio”, and rhymes with “precio” (price), so the price of the check is the contempt that María feels for the guy. ↩︎

Acuerdo europeo para regular la Inteligencia Artificial

Conforme a la nota de prensa publicada este 09 de diciembre de 2023, miembros del Parlamento Europeo y del Consejo han llegado a un acuerdo político sobre el futuro Reglamento europeo que regulará las herramientas de Inteligencia Artificial (IA).

El texto acordado tendrá que ser adoptado formalmente tanto por el Parlamento como por el Consejo para convertirse en Reglamento de la UE.

Los objetivos perseguidos son ambiciosos:

  • Garantizar que los derechos fundamentales, la democracia, el estado de derecho y la sostenibilidad ambiental estén protegidos de la IA de alto riesgo.
  • Al mismo tiempo, impulsar la innovación y hacer de Europa un líder en este campo.
  • Establecer el marco que permita a las empresas europeas, fundamentalmente las PYMEs, sacar un provecho adecuado de estas herramientas, prosperar y expandirse.

Las reglas acordadas establecen obligaciones para la IA en función de sus riesgos potenciales y nivel de impacto. La nota de prensa destaca los siguientes aspectos:

1. Aplicaciones prohibidas

Debido a la amenaza potencial para los derechos de los ciudadanos y la democracia que plantean ciertas aplicaciones de la IA, los colegisladores han acordado prohibir las siguientes:

  • Sistemas de categorización biométrica que utilizan características sensibles (por ejemplo, creencias políticas, religiosas, filosóficas, orientación sexual, raza);
  • Scraping no selectivo de imágenes faciales de Internet o de videovigilancia para crear bases de datos de reconocimiento facial;
  • Reconocimiento de emociones en el lugar de trabajo y en las instituciones educativas;
  • Sistemas de puntuación social basada en el comportamiento social o las características personales;
  • Sistemas de IA que manipulan el comportamiento humano para eludir su libre albedrío;
  • Sistemas de IA dirigidos a explotar las vulnerabilidades de las personas (debido a su edad, discapacidad, situación social o económica).

2. Excepciones para la persecución de delitos

Se permitirán determinadas excepciones estrictas para el uso de sistemas de identificación biométrica (SIB) en espacios públicos con la finalidad de perseguir delitos.

Estas excepciones estarán sujetas a autorización judicial previa y a listas de delitos estrictamente definidas.

  • Los SIB ex post facto o “en remoto” se utilizarán únicamente para la búsqueda selectiva de una persona condenada o sospechosa de haber cometido un delito grave.
  • Los SIB “en tiempo real” deberán cumplir condiciones estrictas y su uso será limitado en tiempo y ubicación, a los exclusivos fines de:
    • Búsquedas específicas de víctimas (secuestro, trata, explotación sexual),
    • Prevención de una amenaza terrorista específica y presente,
    • Localización o identificación de una persona sospechosa de haber cometido uno de los delitos específicos mencionados en el reglamento (por ejemplo, terrorismo, trata, explotación sexual, asesinato, secuestro, violación, robo a mano armada, participación en una organización criminal, delito ambiental).

3. Obligaciones para sistemas de alto riesgo

He aquí algunos ejemplos de ámbitos en los que la utilización de la IA da lugar a la identificación de sistemas de IA de alto riesgo, debido a su daño potencial significativo a la salud, la seguridad, los derechos fundamentales, el medio ambiente, la democracia y el estado de derecho:

  • Infraestructuras críticas (por ejemplo, el transporte), que podrían poner en peligro la vida y la salud de los ciudadanos;
  • Formación educativa o profesional, que puede determinar el acceso a la educación y al curso profesional de la vida de una persona (por ejemplo, puntuación de los exámenes);
  • Componentes de seguridad de los productos (por ejemplo, aplicación de IA en cirugía asistida por robot);
  • Empleo, gestión de los trabajadores y acceso al trabajo por cuenta propia (por ejemplo, programas informáticos de selección de currículos para los procedimientos de contratación);
  • Servicios públicos y privados esenciales (por ejemplo, calificación crediticia que deniegue a los ciudadanos la oportunidad de obtener un préstamo);
  • Aplicación de la ley que pueda interferir con los derechos fundamentales de las personas (por ejemplo, evaluación de la fiabilidad de las pruebas);
  • Gestión de la migración, el asilo y el control fronterizo (por ejemplo, verificación de la autenticidad de los documentos de viaje);
  • Administración de justicia y procesos democráticos (por ejemplo, aplicación de la ley a un conjunto concreto de hechos; también los sistemas utilizados para influir en el resultado de las elecciones y el comportamiento de los votantes).

El acuerdo Parlamento-Consejo pretende establecer obligaciones claras a estos sistemas de IA clasificados como de alto riesgo. Aunque el texto definitivo no ha sido publicado en la nota de prensa, los trabajos previos hablan de las siguientes condiciones a cumplir:

  • Sistemas adecuados de evaluación y mitigación de riesgos;
  • Alta calidad de los conjuntos de datos que alimentan el sistema para minimizar los riesgos y los resultados discriminatorios;
  • Registro de la actividad para garantizar la trazabilidad de los resultados;
  • Documentación detallada que proporcione toda la información necesaria sobre el sistema y su finalidad para que las autoridades evalúen su conformidad;
  • Información clara y adecuada para el usuario;
  • Medidas adecuadas de supervisión humana para minimizar el riesgo;
  • Alto nivel de robustez, seguridad y precisión.

La nota de prensa refiere que los eurodiputados lograron con éxito incluir una evaluación obligatoria del impacto de los derechos fundamentales, entre otros requisitos, aplicables también a los sectores de los seguros y la banca. Los ciudadanos tendrán derecho a presentar quejas sobre los sistemas de IA y a recibir explicaciones sobre las decisiones basadas en sistemas de IA de alto riesgo que afecten a sus derechos.

4. Salvaguardas para sistemas generales

Obligaciones de transparencia para los sistemas de propósito general (GPAI): Para tener en cuenta la amplia gama de tareas que los sistemas de IA pueden realizar y la rápida expansión de sus capacidades, los colegisladores han acordado que los sistemas de IA de propósito general (GPAI, por las siglas en inglés de General Purpose Artificial Intelligence), y los modelos en los que se basan, tendrán que cumplir con los requisitos de transparencia propuestos inicialmente por el Parlamento. Estos requisitos incluyen la elaboración de documentación técnica, el cumplimiento de la legislación de derechos de autor de la UE y la difusión de resúmenes detallados sobre el contenido utilizado para la formación de los sistemas.

Obligaciones adicionales para los GPAI de alto impacto con riesgo sistémico: En el ámbito de la ciberseguridad, «Un riesgo sistémico es todo aquello que lleve a la posibilidad de tirar abajo un sistema por completo, haciendo que colapsen además sistemas que están interconectados entre sí, a nivel global».

Por lo tanto, para estos modelos, refiere la nota de prensa que los negociadores del Parlamento lograron asegurar obligaciones más estrictas. Además de cumplir determinados criterios, tendrán que llevar a cabo evaluaciones de modelos, evaluar y mitigar los riesgos sistémicos, realizar pruebas contradictorias, informar a la Comisión sobre incidentes graves, garantizar la ciberseguridad e informar sobre su eficiencia energética.

5. Medidas para apoyar la innovación y las PYME

Uno de los objetivos de las negociaciones ha consistido en asegurarse de que las empresas, especialmente las PYME, puedan desarrollar soluciones de IA sin la presión indebida de los gigantes de la industria que controlan la cadena de valor.

Con este fin, el acuerdo promueve las llamadas sandbox regulatorias y las pruebas en el mundo real, establecidas por las autoridades nacionales para desarrollar y capacitar una IA innovadora antes de su colocación en el mercado.

6. Sanciones

El incumplimiento de las normas puede dar lugar a multas que van desde los los 7,5 millones o el 1,5 % de la facturación mundial hasta los 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial, dependiendo de la infracción y el tamaño de la empresa.

Colofón

A primera vista, los elementos generales publicados en la nota de prensa parecen referirse adecuadamente a la evaluación detallada de riesgos que se ha realizado en este proceso negociador, a partir de una primera propuesta de la Comisión. La protección de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, del sistema democrático y el Estado de Derecho obliga a establecer estas precauciones en la Unión Europea, como principio fundamental y fundacional de su existencia. Es deseable sobre todo la transparencia y la rendición de cuentas de estos sistemas. Pero parece difícil poder regular y controlar la avalancha de aplicaciones que se nos viene. Otros entornos internacionales con menos salvaguardas desarrollarán sistemas de IA y abrirán mercados que ahora se nos hacen difíciles de imaginar. Confiemos en que la economía y la sociedad europea no queden al margen de ese desarrollo. En todo caso, el precio no debe ser la erosión de principios políticos y éticos fundamentales, por lo que esperemos que el nuevo Reglamento sirva de marco adecuado para un desarrollo ponderado y sostenible de estas tecnologías.

Si me queréi, no irse

Buenos días,

Hace mucho que no os escribo. Tuve un blog que os enviaba un email periódico con los artículos publicados, pero he estado haciendo pruebas con la web y os he dejado en paz hasta ahora.

No todo lo bueno dura, así que vuelvo a la carga con un nuevo alojamiento y aspecto para la web. Trato distintos temas de interés más o menos personal pero mantendré una categoría específica de Blog Legal para los artículos jurídicos1. Para encontrar otras secciones y recomendaciones, habrá una pestaña con el mapa de la web2.

Recibís este correo porque en su día os suscribisteis al blog. A partir de ahora, mi intención es volver a enviar un correo semanal con los artículos del Blog Legal, si los hay, que saldrá los viernes por la mañana.

Si queréis recibirlo, no hace falta que hagáis nada. Y si no os interesa, podéis cancelar la suscripción de inmediato, en el botón de “Unsubscribe” del pie de este mensaje.

En cualquier momento que os apetezca, podéis enviarme un comentario por email o desde la propia web, estaré encantado de charlar con vosotr@s.

Que tengáis un buen día. Gracias por leer y un abrazo.

Esteban Umerez


  1. Blog Legal ↩︎

  2. Mapa de la web↩︎

Yeah, I blog too

🚀 bring back the blog – The Homebound Symphony

> Now that the white-hot fire of Twitter is burning itself out, and its various alternatives (Threads, Bluesky, Mastodon) are generating merely gentle (or sputtering) flames, and TikTok (which is not a social-media site in any meaningful sense but rather a media-consumption platform) is still going nova, this is the time for people to rediscover the pleasures of blogging – of writing at whatever length you want, and posting photos, and embedding videos, and linking to music playlists, all on your little corner of the internet.

That’s exactly what I try to do with this little corner of mine, so I’m happy to belong somewhere, at last.

Typora supports Mermaid diagrams and charts in Markdown

Typora is a great Markdown tool and text editor and it never ceases to amaze me.

I was trying how DEVONthink handles Mermaid to render diagrams and graphic charts in Markdown, and I opened an example file in my Markdown-tool of choice, Typora, and found that this magnificent app supports Mermaid natively. So here’s a couple of screenshots.

The first one shows the Mermaid code and the resulting image:

Image of the Mermaid code to render a pie chart in a Markdown file, followed by the rendered pie chart

And here are more examples.

Image of different diagram examples: two flow charts and different pie charts

I’m in love with Typora. I’ve previously written about it here too: How to insert images in Typora.