🔗 El ATS 410/2026 y el incidente de complemento de sentencia: cuando el Tribunal Supremo admite el problema – Emilio Aparicio

Pues bien, esa tensión doctrinal y práctica acaba de recibir un reconocimiento explícito por parte del Tribunal Supremo en el Auto de admisión de 21 de enero de 2026 (ATS 410/2026).

A través del Auto la Sección de Admisión de la Sala Tercera ha admitido a trámite un recurso de casación que sitúa en el centro del debate, de forma directa y sin rodeos, el **alcance del artículo 267 LOPJ. **

La cuestión con interés casacional objetivo se formula en términos claros:

“Determinar si, al amparo del artículo 267 LOPJ, un órgano jurisdiccional puede, al resolver un incidente de aclaración o complemento de sentencia tramitado a instancia de parte, proceder a la redacción de fundamentos de derecho y a la modificación del sentido del fallo, dejando sin efecto un pronunciamiento de estimación parcial previamente acordado y sustituyéndolo por una desestimación íntegra con imposición de costas, o si, por el contrario, dicha actuación excede el ámbito propio de dicho precepto, en relación con los artículos 9.3 y 24 CE.”

El Tribunal Supremo, por tanto, no esquiva el problema: lo identifica expresamente como una cuestión jurídica de alcance general que requiere un pronunciamiento clarificador.

Para guardar, como todo lo que comparte Emilio. Gracias, primo.