Disclaimers de IA, ¿aumentan la transparencia y confianza o quitan valor al trabajo?

Tengo preparados desde hace unas semanas dos disclaimers sobre el uso de inteligencia artificial en mi trabajo. Uno para escritos procesales y otro para informes jurídicos. Todavía no los he usado en ningún documento real, porque antes de incorporarlos a mi práctica habitual quiero pensarlo en voz alta y conocer la opinión de quien lea esto.

El primero, pensado para escritos procesales, dice así:

«OTROSÍ DIGO: Se hace constar que, en la elaboración del presente escrito, se han utilizado herramientas tecnológicas de asistencia redactora basadas en inteligencia artificial, para labores meramente auxiliares de sistematización, síntesis documental y apoyo en la estructuración formal del documento. En todo caso, el análisis jurídico, la selección de estrategia procesal, la valoración de los hechos, la interpretación normativa y jurisprudencial, así como las conclusiones y pretensiones formuladas, han sido realizadas íntegramente bajo el criterio, supervisión y responsabilidad profesional del letrado firmante».

El segundo, pensado para informes jurídicos, dice esto otro:

«Para la elaboración del presente informe se han utilizado herramientas tecnológicas de asistencia redactora basadas en inteligencia artificial, para labores meramente auxiliares de sistematización, síntesis documental y apoyo en la estructuración formal del documento. En todo caso, el criterio interpretativo, el análisis normativo y jurisprudencial, así como las opiniones jurídicas expresadas en este dictamen constituyen valoración profesional propia e independiente del letrado firmante».

Mi primera intención al redactarlos es sencilla: si utilizo estas herramientas, aunque sea para labores auxiliares, jueces y clientes tienen derecho a saberlo. Esa transparencia busca alimentar la confianza: que quien lea el escrito o el informe entienda con precisión qué papel ha jugado la máquina y cuál ha sido mi criterio, y que esa claridad refuerce la fiabilidad de mi trabajo en lugar de ponerla en duda.

Reconozco también un tercer motivo, más discreto pero real. Mostrar que el despacho incorpora estas herramientas de forma responsable tiene algo de posicionamiento profesional, una manera de decir que IparBilbao no se queda atrás en algo que ya forma parte del oficio.

Dicho esto, me asalta una duda que no consigo despejar del todo. ¿Y si el efecto termina siendo el contrario al buscado? Me preocupa que un cliente lea el disclaimer y entienda que le entrego un trabajo hecho a medias por una máquina, por mucho que el propio texto diga justo lo contrario. Me preocupa, sobre todo, que alguien concluya que ya no merezco cobrar lo que cobro por una opinión jurídica, solo porque esa opinión lleva pegada una nota que menciona la IA, aunque sea únicamente para tareas auxiliares.

Con un juez la duda tiene otro matiz. No creo que ningún magistrado vaya a valorar peor un escrito bien fundado solo por leer ese otrosí. Pero tampoco tengo la certeza, y prefiero plantearme lo antes de descubrirlo por la vía de los hechos.

Quiero pensar que la clave está en explicarlo bien, con el detalle justo: qué hace la IA (ordenar, sintetizar, dar forma) y qué hago yo (decidir, interpretar, responder por el resultado). Los dos disclaimers están escritos con esa intención. Pero escribir una intención en un papel no garantiza que se lea así.

Así que lanzo la pregunta a quien haya llegado hasta aquí. ¿Incluirías un disclaimer como estos en tus escritos o en tus informes? Si ya usas IA en tu práctica, ¿lo declaras a tus clientes o ante el juzgado? Y si tuvieras que apostar, ¿la transparencia suma más confianza de la que resta valor percibido al trabajo del letrado? Me interesa mucho tu opinión.