Captura de pantalla que muestra la interfaz principal de la calculadora, con los selectores de provincia, tipo de plazo, fecha de inicio y botón para iniciar el cálculo.

He publicado una calculadora de plazos procesales y administrativos, accesible desde el navegador, pensada como herramienta práctica para el cómputo fiable de vencimientos en días o meses, conforme a las reglas habituales del derecho administrativo y procesal español (fundamentalmente contencioso-administrativo, aunque funciona igual para el proceso civil).

👉 Acceso directo a la herramienta: calculadora de plazos

La calculadora nace de una necesidad muy concreta: evitar errores mecánicos en el cómputo de plazos cuando entran en juego días inhábiles, festivos territoriales y reglas especiales como la inhabilidad de agosto o navidad.


¿Qué hace esta calculadora?

La aplicación permite calcular la fecha exacta de vencimiento de un plazo legal a partir de:

  • una fecha de inicio (notificación o publicación),
  • una duración,
  • y un tipo de procedimiento, que determina automáticamente las reglas aplicables.

Actualmente la calculadora trabaja con dos grandes modalidades de cómputo:

  • Plazos por días (principalmente días hábiles, con opción de días naturales).
  • Plazos por meses, aplicando las reglas específicas previstas en la normativa procesal.

No calcula plazos en horas ni pretende cubrir todos los supuestos imaginables: está pensada para los casos más habituales en la práctica diaria.


Cómo usar la calculadora (paso a paso)

1. Selección de provincia

El primer paso es elegir la provincia, lo que determina el calendario de festivos aplicable.
La aplicación carga automáticamente el archivo correspondiente y confirma si el calendario se ha cargado correctamente.

2. Tipo de procedimiento / plazo

A continuación se selecciona el tipo de procedimiento, que fija de forma automática las reglas de cómputo:

  • Plazo procesal (LJCA + LEC)
    Agosto y navidad inhábiles. En virtud del artículo 130.2 LEC 1.
  • Plazo administrativo (Ley 39/2015)
    Agosto y navidad hábiles. Conforme al artículo 30 LPAC 2.
  • Interposición de recurso contencioso-administrativo (art. 128.2 LJCA)
    Agosto y navidad inhábiles, con regla especial de exclusión de agosto en el cómputo por meses. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 128.2 LJCA 3.

La aplicación muestra de forma visible qué reglas se aplican en cada caso.

3. Fecha de inicio y duración

Se introduce:

  • la fecha de inicio del plazo,
  • la duración (número de días o meses),
  • y la unidad del plazo:
    • Días
    • Meses

Si se eligen días, puede indicarse si el cómputo es por días hábiles (opción habitual) o por días naturales (opción excepcional, pero útil en determinados supuestos, como en procedimientos de contratación pública).

4. Cálculo y resultado

Al pulsar “Calcular vencimiento”, la aplicación muestra:

  • la fecha final de vencimiento, con indicación del día de la semana,
  • y, opcionalmente, un detalle paso a paso del cómputo, donde se explica qué días se cuentan y cuáles se excluyen.

Este desglose resulta especialmente útil para comprobar el razonamiento del cálculo o justificarlo internamente.


Reglas de cómputo que aplica la herramienta

La calculadora se apoya en un motor de cálculo propio, desarrollado en Python, que aplica de forma sistemática las siguientes reglas:

1. Días hábiles

En el cómputo por días hábiles se excluyen automáticamente:

  • sábados y domingos,
  • festivos incluidos en el calendario provincial seleccionado,
  • el mes de agosto completo, si es un plazo procesal1; pero no lo excluye si el plazo es administrativo, porque en tal caso agosto es hábil2,
  • el periodo de navidad (del 24 de diciembre al 6 de enero), en plazos procesales1; pero no en plazos administrativos2.

2. Días naturales

El cómputo por días naturales se ofrece como herramienta auxiliar, para supuestos menos frecuentes.
En este caso se cuentan días consecutivos, sin excluir festivos ni fines de semana.

3. Plazos por meses

En los plazos computados por meses, la aplicación 1 y 2:

  1. Determina el mes de vencimiento.
  2. Ajusta el día si el mes final no tiene día equivalente.
  3. Prorroga el vencimiento al siguiente día hábil si la fecha resultante cae en día inhábil.

4. Regla especial: interposición de recurso contencioso y agosto

En los plazos de interposición del recurso contencioso-administrativo, se aplica la regla específica del artículo 128.2 LJCA 3:

  • Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo.

La calculadora “salta” agosto al contar meses y deja constancia de esta regla en el detalle explicativo.


Publicación como aplicación web

La calculadora se ha publicado como aplicación web en Streamlit, lo que permite:

  • usarla sin instalar nada,
  • acceder desde cualquier dispositivo,
  • mantener una única versión actualizada.

El motor de cálculo es el mismo que se desarrolló previamente en versiones locales y de escritorio; Streamlit actúa únicamente como interfaz web.


Aviso importante

Esta herramienta se ofrece “tal cual”, con finalidad orientativa.
No sustituye al análisis jurídico del caso concreto ni a la verificación final del plazo conforme a la normativa aplicable y los calendarios oficiales. El autor no asume responsabilidad por decisiones adoptadas en base a este cálculo.


Acceso a la calculadora

👉 Calculadora de plazos procesales y administrativos


  1. Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Artículo 130. Días y horas hábiles.

    2. Son días inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, y los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad. También serán inhábiles los días del mes de agosto.

     ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎
  2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC): Artículo 30. Cómputo de plazos.

    2. Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

    Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones.

    3. Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.

    4. Si el plazo se fija en meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.

    El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

    5. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

     ↩︎ ↩︎ ↩︎ ↩︎
  3. Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA). Artículo 128.2. Plazos

    2. Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo ni ningún otro plazo de los previstos en esta Ley salvo para el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales en el que el mes de agosto tendrá carácter de hábil.

     ↩︎ ↩︎