De la nota de prensa de la Comisión:

La Comisión Europea ha aprobado hoy, 13 de diciembre de 2023, dos Reglamentos que modifican las normas generales para pequeñas cantidades de ayuda (Reglamento de minimis) y para pequeñas cantidades de ayuda para servicios de interés económico general, como el transporte público y la atención sanitaria (Reglamento de minimis para SIEG).

Los reglamentos revisados entrarán en vigor el 1 de enero de 2024 y se aplicarán hasta el 31 de diciembre de 2030.

El Reglamento actual de minimis (nº 1407/2013) exime las pequeñas cantidades de ayuda por considerar que no tienen impacto en la competencia y el comercio en el mercado único y que, por lo tanto, no constituyen ayudas de estado incompatibles conforme al artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Las modificaciones adoptadas hoy incluyen los siguientes cambios principales:

  • El aumento del límite por empresa de 200 000 € (aplicable desde 2008) a 300 000 € en tres años, para tener en cuenta la inflación.
  • La introducción de la obligación para los Estados miembros de registrar la ayuda de minimis en un registro central establecido a nivel nacional o de la UE a partir del 1 de enero de 2026, reduciendo así las obligaciones de información para las empresas.
  • La introducción de refugios seguros para intermediarios financieros para facilitar aún más la ayuda en forma de préstamos y garantías, sin requerir una transferencia completa de ventajas de los intermediarios financieros a los beneficiarios finales.

El Reglamento actual de minimis para los SIEG (nº 360/2012) establece una cantidad mínima de compensación para los proveedores de Servicios de Interés Económico General, por debajo de la cual se considera que la compensación es libre de ayuda y está exenta de las normas de ayudas estatales de la UE. Las modificaciones adoptadas hoy incluyen los siguientes cambios principales:

  • El aumento del límite por empresa de 500 000 € (aplicable desde 2012) a 750 000 € en tres años, para tener en cuenta la inflación.
  • La introducción de la obligación para los Estados miembros de registrar la ayuda de minimis en un registro central establecido a nivel nacional o de la UE a partir del 1 de enero de 2026, reduciendo así las obligaciones de informe para las empresas.