Longform

    Probando Midjourney Beta

    Sigo probando estas herramientas de Inteligencia Artificial que se están poniendo tan de moda. Esta es Midjourney Beta AI, que se prueba a través del servicio Discord.

    La verdad es que no consigo resultados tan espectaculares como otros que veo por ahí, pero no están mal.

    Aquí el primer intento de a young woman riding a bike dressed in jeans and a white shirt brown curly long hair on a sunny day --v 4 --ar 3:2 --q 2:

    a young woman riding a bike dressed in jeans and a white shirt brown curly long hair on a sunny day --v 4 --ar 3:2 --q 2

    Y la mejora (upscale) que he realizado a la primera de las imágenes anteriores:

    a young woman riding a bike Upscaled

    Un sesgo bien visible es que las cuatro mujeres del primer intento son mujeres de notable belleza. No he puesto en el texto que la mujer joven tuviera que ser bella, pero el motor de IA no ha introducido ninguna otra variable, todo rostros bonitos.

    Pues eso, que para divertirse no está mal, acabaremos encontrándole alguna utilidad.

    Aquí uno de esos resultados espectaculares a los que me refería:

    {{< tweet user=“DotCSV” id=“1601606308691529729” >}}

    El creador de los huevos fritos envasados de Mercadona: "Nadie freirá huevos en su casa en tres años" | El Periódico de España

    El creador de los huevos fritos envasados de Mercadona: “Nadie freirá huevos en su casa en tres años” | El Periódico de España

    > El oscense desarrolló su idea “por el desafío técnico” que suponía cumplir la ley del huevo en hostelería, que establece que para servir huevos fritos hay que cocinarlos a una temperatura de al menos 75º en el centro. “La ley hay que cumplirla. Si te intoxicas en tu casa es tu problema, pero eso no puede aplicarse a la restauración y a los supermercados”, continúa. “En un bar de barrio es difícil verificarlo, pero cadenas como Burger King y McDonald’s no implementan el producto si tienen dudas”.

    > Yzuel dio con el método para cocinar huevos fritos y refrigerarlos o congelarlos. Patentó su creación en España, Europa y Estados Unidos. Consiguió que Burger King confiara en él y lanzara una hamburguesa con huevo. Y entre medias vivió una auténtica montaña rusa empresarial cuyo último hito ha sido llegar al lineal de Mercadona. El envase, advierte, lleva una doble capa de plástico porque al testarlo descubrieron que todo el mundo metía el dedo en la yema. “Que lo haga mi hijo es normal, pero señoras mayores… Meten el dedo, revientan la yema, dejan ese envase ahí y se llevan el de atrás”, cuenta. “Es cierto que supone un consumo importante de plástico, pero es que las nuevas líneas de fibra biodegradable aún no están aprobadas. Tengamos paciencia”.

    Tiene muchísimo sentido para la hostelería y las cadenas de comida rápida. Para consumo doméstico, solo lo veo como complemento a otros platos. Por ejemplo, si se trata de montar una cena rápida, me imagino perfectamente tener en casa estos huevos para añadir a una hamburguesa, con su lechuga, cebolla y loncha de queso. Pero, igual que prefiero la lechuga entera para hacer una ensalada rica, si se trata de comer unos buenos huevos fritos con patatas, no tengo duda de que seguiré cocinando.

    Eso sí, viva la innovación y que se mueran los tiesos.

    ChatGPT es un valiente

    ChatGPT es un valiente. ChatGPT es humano. ChatGPT sabe que esto puede dar el pego.

    Criterio de adjudicación redactado por ChatGPT

    La discrecionalidad técnica - Santiago G. Varas en esPublicoBlog

    La discrecionalidad técnica - esPublicoBlog

    • Pues bien, da la impresión de que en la praxis el quid no es propiamente la discrecionalidad técnica. Más bien, que exista discrecionalidad técnica, o que exista arbitrariedad, parece depender de si el juzgador ha captado o entendido la cuestión objeto de debate (partiendo de que el abogado ha conseguido plantear el asunto de forma comprensible para el juzgador y de que el criterio al que se llega se aprecia como objetivo más allá de una apreciación subjetiva de parte). En definitiva, algo podrá ser arbitrario si el juzgador lo entiende. En caso contrario, será técnico. Más que discrecionalidad técnica o juicio de arbitrariedad, lo que prima en cambio es la comprensión del caso y la sensación de certeza. Hay que confiar en que el juez lo comprenda, o que ya lo conociera, o que al menos tenga disposición para conocerlo. En conclusión, algo que se entienda podrá ser arbitrario; algo que no lo sea, será técnico.

    Santiago G. Varas en esPublico.Blog

    Sobre la necesidad de precisión en la estimación judicial del daño indemnizable - Almacén de Derecho

    Sobre la necesidad de precisión en la estimación judicial del daño indemnizable. - Almacén de Derecho

    • En catorce de los dieciséis recursos de casación admitidos por el Tribunal Supremo sobre reclamaciones de daños por el cártel de camiones, las sentencias de las Audiencias Provinciales recurridas (Barcelona, Pontevedra, Valencia y Zaragoza) adoptaron la solución de estimar el daño indemnizable en el 5% del precio de adquisición del vehículo cartelizado.

    • Con todas las dificultades que entraña, la estimación judicial del daño debería aspirar a cierta precisión en relación con la incidencia concreta de la infracción en los perjudicados. No sólo porque sea una exigencia de la reparación de los daños causados, sino porque incidirá tanto en el futuro comportamiento de potenciales infractores, como en el tipo de litigación en materia de daños antitrust que se producirá ante nuestros tribunales (i.e., esfuerzos y disposición de las partes a invertir en conocer y aproximarse al daño realmente causado/sufrido).

    • Desafortunadamente, la motivación judicial del recurso a la estimación indemnizatoria del 5% del precio de compra de los bienes cartelizados no sólo carece de vinculación con el caso concreto. Se trata de una «solución de compromiso» ante la insuficiencia del esfuerzo probatorio sobre la cuantía del daño sufrido.

    • En efecto, parece evidente que la estimación judicial del daño en el 5% del precio de compra del vehículo cartelizado surgió como una solución de mínimos, para compensar a perjudicados que no presentaban un informe pericial propiamente dicho (lo que ocurre en casi todos los recursos de casación que ahora tiene que decidir el Supremo). Basta acudir a la pionera sentencia del juzgado mercantil 3 de Valencia (a la que se refiere el recurso de casación ES:TS:2022:12745A), que aludía al 5% como una «la estimación más conservadora posible» (par. 95, ES:JMV:2019:34). Lo mismo ha dicho en más de un centenar de ocasiones la sección 1ª de Audiencia de Pontevedra (seguida por otras después) se trata de un «criterio prudente o conservador» de determinación del daño (ES:APPO:2022:443; ES:APT:2022:1338), sin alejarse del «umbral mínimo de la horquilla» (ES:APPO:2020:471, ES:APPO:2020:2099). De modo que «supone una solución bastante prudente para la materialización de la estimación judicial del daño, que acude a un porcentaje muy moderado para huir del riesgo de incurrir en el exceso al realizar una evaluación meramente estimativa» (ES:APM:2022:12077).

    • Se trata de una solución de consolación, inspirada en un «incomprensible exceso de preocupación por la sobrecompensación» (par. 221 de la citada sentencia del juzgado mercantil 1 de Alicante de 4/3/22, ES:JMA:2022:2175), para evitar un posible enriquecimiento injusto de las víctimas. Este argumento es paradójico, porque precisamente, lo que el Derecho de daños debe buscar en estos casos es corregir la extracción ilícita de rentas del mercado que han enriquecido el infractor (ampliamente, véase Gustavo A. Martín, Competencia, Enriquecimiento y Daños, 2019). Ciertamente, la estimación judicial del daño debe evitar la sobre-compensación, pero igualmente debe evitar la infra-compensación, adoptando una solución equilibrada frente a ambos peligros. Tan malo es el exceso como el defecto. Sin embargo, conscientemente, la postura seguida por los tribunales no aspira a la más mínima precisión, con los malos incentivos que puede generar en las partes en estos litigios.

    Interpretación de la Directiva 2011/7/UE a efectos de la morosidad en la #LCSP - Fiscalizacion Local

    Interpretación de la Directiva 2011/7/UE a efectos de la morosidad en la #LCSP - Fiscalizacion Local

    Conclusiones de la STJUE de 20/10/2022 del asunto C-585/20 ECLI:EU:C:2022:806

    1. El artículo 6 de la Directiva 2011/7 debe interpretarse en el sentido de que la cantidad fija mínima de 40 euros, en concepto de compensación al acreedor por los costes de cobro soportados a causa de la morosidad del deudor, debe abonarse por cada operación comercial no pagada a su vencimiento, acreditada en una factura, incluso cuando esa factura se presente conjuntamente con otras facturas en una reclamación administrativa o judicial única.

    2. El artículo 4, apartados 3 a 6, de la Directiva 2011/7 debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que establece con carácter general [como hace el 198.4 LCSP], respecto de todas las operaciones comerciales entre empresas y poderes públicos, un plazo de pago de una duración máxima de 60 días naturales, incluso cuando ese plazo esté compuesto por un período inicial de 30 días para el procedimiento de aceptación o de comprobación de la conformidad con el contrato de los bienes entregados o de los servicios prestados y por un período adicional de 30 días para el pago del precio acordado.

    3. El artículo 2, punto 8, de la Directiva 2011/7 debe interpretarse en el sentido de que el cómputo, en concepto de la «cantidad adeudada» definida en esa disposición, del importe del IVA que figura en la factura o en la solicitud de pago equivalente es independiente de si, en la fecha en que se produce la demora en el pago, el sujeto pasivo ya ha abonado dicha cantidad a la Hacienda Pública.

    Friday Notes #95 — It’s Good Enough

    Friday Notes #95 — It’s Good Enough

    > The question of something like a service being good enough has haunted me since I was a teenager. As an architect, my father struggled quite a lot with many potential clients who constantly asked, “why would I hire an architect to design my house if a technician in the same field can do the same?” The reason for asking this type of question is that an architect doesn’t come cheap, but a technician, yes. It’s about saving money. Along the way, it’s about saying, “it’s good enough.” The work of an architect, when creating a new house for his client, involves asking questions like how they live. Do they have hobbies? Do they plan to have children? Are they planning to have their parents with them in the future? Etc. Then, the thinking begins, and the design phase starts. These phases require experience, know-how, and time. They come at a price. The clients need to understand this and value the process and the likely results. If they don’t care, they won’t use an architect and settle for the “good enough” alternative. Are we in for the same reasoning when it comes to AI?

    It’s the same reasoning for a lawyer’s work. AI is going to be a phenomenal tool, it will assist our work and perform many tasks good enough. But a creative, thoughtful, studious, wise human brain will still be necessary. And it will come at a price.

    Límites a las cláusulas sociales relacionadas con las condiciones de los trabajadores | OBCP

    Límites a las cláusulas sociales relacionadas con las condiciones de los trabajadores | Observatorio de Contratación Pública | Javier Miranzo Díaz

    • El informe 1/2020 JCCPE ya señaló que la Directiva 2014/24/UE admite el uso de cláusulas de tipo social como criterios de adjudicación y como condiciones especiales de ejecución del contrato en los Considerandos 3, 37 y 104 exigiendo, por un lado, que su empleo se haga de una forma que garantice la igualdad de trato y no discrimine, directa o indirectamente, a los operadores económicos y, por otro lado, que estén vinculadas al objeto del contrato, lo que comprende todos los factores que intervienen en el proceso específico de producción, prestación o comercialización, pero no los requisitos relativos a la política general de la empresa.

    José María Agüeras sobre la retirada de la oferta después de la propuesta de adjudicación

    El derecho del licitador a retirar su proposición una vez efectuado el requerimiento previo de adjudicación - Abogado administrativo Zaragoza

    • (…) el TARC de la Junta de Andalucía, en su reciente Resolución 380/2022, resuelve el recurso interpuesto por un licitador que, en el momento en que recibe el requerimiento previo a la adjudicación del artículo 150.2 LCSP, habiéndose rebasado el plazo máximo para adjudicar el contrato, retira su proposición, a lo que el órgano de contratación reacciona con la imposición de la penalidad prevista en dicho precepto. El TARCJA rechaza la actuación del órgano de contratación (…)

    Vía José María Agüeras en el blog de Pedro Corvinos.

    José de los Camarones, por Juan Carlos García Melián

    Pero qué historias más bonitas se encuentra y cuenta mi Melián así como quien no quiere la cosa de vuelta de un congreso sobre contratación pública.

    José de los Camarones, por Juan Carlos García Melián

    SearchLink de Brett Terpstra (macOS)

    Utilizo este fenomenal servicio creado por Brett Terpstra como asistente para escribir artículos en el blog. Automatiza la búsqueda de enlaces de internet, a la vez que ofrece el resultado en formato Markdown, ahorrando unos cuantos pasos que, cuando han de repetirse a menudo, se hacen pesados.

    Por ejemplo, para incluir el primer enlace del párrafo anterior, el proceso hubiese sido:

    • Dejar el editor de texto y abrir el navegador.
    • Buscar Brett Terpstra en Google.
    • Pinchar en el resultado correspondiente para ir a la página.
    • Copiar la URL en la barra de navegación.
    • Volver al editor y escribir el texto en Markdown, es decir, usando corchetes y paréntesis, así: [Brett Terpstra](https://brettterpstra.com/), lo que da como resultado Brett Terpstra.

    Y así también con el segundo enlace del primer párrafo y sucesivos.

    Pues bien, una vez instalado el servicio, que se puede descargar gratuitamente en SearchLink by Brett Terpstra, basta seleccionar cualquier texto, clickar con el botón secundario y buscar SearchLink en el menú de Servicios.

    O, mejor, si se asigna un atajo de teclado (yo uso ⌃+S) basta con seleccionar el texto y pulsar la combinación de teclas. El programita, en dos segundos, busca el texto en internet, copia la URL correspondiente y la pega en el editor de texto en el formato completo de enlace de Markdown.

    GIF muestra funcionamiento de SearchLink

    SearchLink tiene otro montón de truquitos, por ejemplo, para buscar enlaces de Amazon, o de la App Store y otras muchas posibilidades. También puede ofrecer solamente la URL sin formato Markdown o guardarla en el portapapeles para ulteriores usos.

    En la web de Brett hay un montón de instrucciones bastante claras, y un vídeo breve que explica su instalación y uso, además de cómo asignarle un atajo de teclado.

    Sueño con adaptar este servicio para poder incluir un ECLI y que ofrezca automáticamente la URL de la sentencia en la base de datos de CENDOJ o CURIA Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero para esto tendré que hablar con Brett o con Jaime García Obregón.

    SearchLink by Brett Terpstra

    San Nikolas

    Gaur San Nikolas ospatzen da Arrasaten

    {{< youtube U-qBs9d969E >}}

    San Nicolas Coronado
    Arzobispo de Bari es
    a la Luna, noche y día
    etxeko andre noblia
    egizu, egizu pilia
    San Nikolas, kriskiliskras
    dame una castaña y no quiero más
    aquí estamos cuatro, cantaremos dos
    para San Nicolas, por amor de Dios
    Belengo Portaleko ate zabaletan
    hotzak ikaraz dago
    Jesus laztoetan (bis)
    Angelitos somos
    suspi-suspiramos
    lukainka, txorizo
    Neskai bapez mutilai dana!
    Neskai dana mutilai bapez!

    Una caravana vieja aparcada en un polígono industrial un día de lluvia

    old caravan parked in an industrial park under heavy rain
    Este texto es un experimento realizado con la asistencia de las herramientas de inteligencia artificial que tan de moda se están poniendo. Hace unos días, para ilustrar un post anterior, creé varias imágenes en Dall-E introduciendo las palabras «old caravan parked in an industrial park under heavy rain». La imagen que ilustra este post es una de ellas. Ahora he utilizado la misma frase para crear un texto en GPT-3. Los apartados en cursiva son creación exclusiva de GPT-3, y los que están escritos en redonda son los que yo he intercalado para ayudar a la IA a completar el relato.

    Una lluvia fina cubrió el parche de tierra en el que la caravana vieja permanecía aparcada, sus luces parpadeaban débilmente con el sonido apagado del agua cayendo en cascada. El parque industrial estaba silencioso, sin el usual trasiego de personas y vehículos. Sólo la caravana aparcada, mientras una neblina se adentraba en el polígono como si estuviera viva. La caravana parecía indiferente a su entorno, como si llevara allí desde hacía años. Sus ruedas dobladas y la pintura descascarillada indicaban que había sido testigo de muchas horas de sol, lluvia e incluso tormentas. ¿Quién sería tan valiente o descuidado de dejarse abrazar por la neblina lluvia fina cubriendo aquella caravana vieja?

    Eladio Monegro empezaba a hacerse preguntas raras mientras observaba y esperaba agazapado ante el cubil del monstruo, y supo que tenía que ahuyentar esa deriva habitual de su cerebro para concentrarse en la tarea que tenía delante. Nada se movía, solo se oía la lluvia golpeando suave sobre el tejado de la caravana y el agua goteando en los charcos del suelo. Ni el viento había querido estar en ese lugar ese día.

    De repente, despacio, con un quejido de herrumbre, la puerta empezó a abrirse.

    -¿Tienes algo que decirme? Eladio preguntó con voz firme.

    Una débil voz respondió desde el interior. ¡No, nada! Sólo estaba mirando mi caravana vieja, mientras llovía y pensaba en los viejos tiempos.

    Eladio asintió y se dio cuenta de que a veces esta vida nos lleva a los lugares más extraños. Se despidió de la caravana vieja y una vez más, se quedó allí, solo, sin necesidad de hablar.

    Qué trampas te hace tu cerebro, Eladio. Esta escena te ha llevado a lo más entrañable de tu infancia, cuando aún no había llegado la tragedia a tu familia, y te has convencido de que estás en un refugio seguro viendo una cinta de 8mm de las que grababa tu padre antes de que todo empezara. Pero despierta, eres policía, no estás en casa, no está tu madre, no está tu padre, no es tu caravana, estás delante del cubil del monstruo y está abriendo la puerta.

    Eladio sacudió la cabeza y volvió a la realidad, moviendo la mano para empuñar su arma. Fuera lo que fuese lo que saliera de aquella caravana, estaba preparado para darlo todo.

    “Alguien me dijo una vez que la verdad siempre sale a la luz, aunque intentes ocultarla. Pues bien, yo estoy aquí para desvelarla”. La voz del monstruo no era ya débil. Poco más que un susurro, pero ahora sonaba amenazante.

    Eladio sabía que había llegado el momento. Sin pensarlo dos veces se abalanzó sobre el monstruo y las palabras que éste había pronunciado en voz baja rebotaron por el polígono industrial, permitiendo que los secretos más oscuros salieran a la luz.

    Mientras el monstruo se deshacía entre sus manos, Eladio miró una última vez el lado vacío de aquella caravana vieja, ahora bañada por la lluvia fina, y supo que su trabajo aquella noche había terminado.

    Premios Blogs Jurídicos de Oro 2022 vía @kontencioso

    Convocatoria de los Premios Blogs Jurídicos de Oro 2022 (4ª Edición)

    «En el día de la Constitución, como modesto homenaje a tan valiosa e imprescindible «norma de normas», y para valorar el esfuerzo de los juristas que dedican su tiempo, sapiencia y filantropía a servirnos desde webs, blogs y redes sociales, Globoversia convoca la cuarta edición correspondiente a los PREMIOS BLOGS JURÍDICOS DE ORO – 2022.

    »Se invita a la participación de todos los interesados con sus propuestas y votos que pueden referirse a cualesquiera blog o artículo de blogs jurídicos. Buena muestra de ellos los encontraremos en el Directorio temático de blogs jurídicos españoles, u otras plataformas que exponen los más consultados según el ranking Alexa, como la ofrecida por la web de Notarios y Registradores o la valiosa recopilación de Amalia López Acera».

    Good night

    I wish you a good night while I tuck myself in listening to Tears for Fears.

    {{< youtube roE7-lECtOs >}}

    Atajo para acceder a Avantius-PSP (Euskadi) directamente

    El Portal de Servicios para el Profesional (PSP) es el nuevo sistema de notificaciones y expediente judicial electrónico para abogados y procuradores que se está implantando en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    Hasta ahora tenía que seguir varios pasos y clicks para acceder al sistema, pero he encontrado que basta con ir a este enlace para entrar con un único paso y evitar tener que entrar con el certificado electrónico:

    https://psp.justizia.eus/PSP/VerificacionIdentidad.aspx

    Ese enlace te lleva directamente al último diálogo, en el que basta con introducir los tres últimos dígitos y la letra del DNI para acceder al PSP:

    dni psp

    Puede que no os esté descubriendo nada y lo estuviera haciendo yo mal, pero es que, hasta ahora, accedía dando todos estos pasos:

    • Primero, abrir el navegador e ir al Área de Profesionales de la Sede Judicial Electrónica.
    • Ahí, autenticarme con certificado electrónico:
    • A continuación, seleccionar PSP Euskadi y no JustiziaSip (cuántas veces habré pulsado en el botón de JustiziaSip, porque es el primer botón azul gordo que aparece, para tener que volver atrás).
    • Y por fin, hacer click en el botón azul de PSP Euskadi, para llegar al diálogo del DNI que he puesto más arriba.

    Este era el camino que hacía antes y que ahora me ahorro:

    psp gif

    Lo dicho, igual no estoy descubriendo nada que no supierais, pero lo comparto por si le resulta útil a alguien. Este es el enlace, de nuevo:

    https://psp.justizia.eus/PSP/VerificacionIdentidad.aspx

    Podéis guardarlo en Favoritos o Marcadores, poner un acceso directo en el escritorio, asignarle un atajo de teclado… Yo lo tengo asociado a un atajo a través de BetterTouchTool, ya os hablaré de esto otro día. Le doy a CapsLock+B y voy directo a ver mis puñeteras notificaciones. Todo sea por reducir la fricción de las repeticiones diarias.

    Autorización judicial para desalojo de vivienda y protección de menores o personas vulnerables

    Dall e 2022 12 03 16 20 55  old caravan parked in an industrial park under heavy rain

    Resumen de la Sentencia nº 402/2022, de 19 de julio de 2022, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sección 2ª (Rec. 605/2022, ECLI:ES:TSJPV:2022:2791).

    Supuesto enjuiciado

    La Sentencia2 resuelve el siguiente supuesto: una familia (pareja y dos hijos menores de edad) destina a vivienda habitual una caravana estacionada en un polígono industrial. Tratándose de un uso no permitido por el Plan General, el Ayuntamiento tramita un procedimiento de restauración de la legalidad urbanística y dicta una orden de cese definitivo e inmediato del uso de vivienda y la retirada de la caravana del polígono industrial. Dado el incumplimiento de la orden por el interesado en el expediente (el padre de familia, titular de la caravana), y de cara a la ejecución subsidiaria de la orden, el Ayuntamiento solicita autorización judicial de entrada para el desalojo, precinto y depósito de la caravana.

    El interesado, al que dan tres días para hacer alegaciones, pide asistencia jurídica gratuita en el Servicio de Orientación correspondiente pero no lo comunica al Juzgado ni solicita la suspensión del plazo para efectuar las alegaciones. El Juzgado concede la autorización de entrada y el interesado, ya con el letrado designado por el turno de oficio, recurre en apelación el Auto.

    Planteamiento del recurso

    El recurso de apelación plantea las siguientes cuestiones:

    • Indefensión del interesado por no haber tenido la oportunidad de ser oído en el procedimiento de autorización judicial.
    • Indefensión de la esposa y de los hijos menores de edad por no haber sido emplazados a comparecer en su condición de interesados-afectados, ni en el expediente ni en el proceso judicial.

    La sentencia de apelación añade un análisis adicional, en relación con la necesidad de preservar el interés superior de los menores afectados por la orden administrativa, y si dicha cuestión afecta o no a la validez del acto y del auto de autorización de entrada.

    Sentencia

    No concurre indefensión del interesado

    «23. El apelante no puso en conocimiento del juzgado su voluntad de solicitar el reconocimiento del derecho a litigar gratuitamente, lo que impidió que por parte de la letrada de la Administración de Justicia se suspendiera el trámite hasta la designación provisional de abogado.

    »24. (...) la indefensión que en su caso haya podido sufrir no deriva de la actuación del Juzgado sino de su propia falta de diligencia y concretamente por no haber comunicado al Juzgado su intención de solicitar el derecho a la asistencia jurídica gratuita».

    No concurre nulidad por falta de notificación a la esposa e hijos menores

    «28. En el procedimiento de autorización de entrada en el domicilio, de acuerdo con lo previsto por el artículo 100.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las Administraciones públicas (LPC), la Administración debe obtener el consentimiento del titular de la vivienda o en su defecto la autorización judicial. Por tanto, no se exige otro trámite previo que la solicitud al titular de la vivienda de la autorización de entrada para la ejecución del acto administrativo, y en caso de ser denegada, la solicitud de autorización judicial, en la que únicamente se ha de oír al propio interesado, tal como ocurrió en el caso de autos.

    »29. Ello no obstante, hemos de resaltar que el apelante carece de legitimación para alegar la indefensión de su esposa, indefensión que, por lo demás, no parece que exista dada la convivencia de ambos en la caravana que se pretendió desalojar. Tampoco cabe apreciar indefensión de los menores, puesto que siendo el apelante su padre, a él le corresponde su defensa».

    En la autorización judicial y en la ejecución de la resolución administrativa ha de preservarse el interés superior de los menores, pero esto no afecta a la validez de la resolución autorizada

    A la vista de que el apelante alega que la ejecución del decreto que autoriza el auto apelado afecta a sus dos hijos menores al suprimir la caravana que constituye su domicilio, la Sentencia incluye estas consideraciones adicionales.

    Se basa fundamentalmente en la doctrina recogida en la STS nº 237/2021, de 22 de febrero de 2021, Sala III Sección 3ª (Rec. 2105/2020, ECLI:ES:TS:2021:740), que se puede resumir en los siguientes razonamientos:

    • A la autorización judicial de entrada le corresponde la función de garantizar la inviolabilidad del domicilio, lo que le obliga a efectuar una ponderación de los distintos derechos e intereses que pueden verse afectados y a adoptar las cautelas precisas para que la limitación del derecho fundamental que la misma implica se efectúe del modo menos restrictivo posible.
    • Ante la pregunta de qué alcance debe tener dicha ponderación, el TS responde que no puede afectar al núcleo de la decisión del desalojo. De otra forma, el control de la autorización judicial de entrada se convertiría subrepticiamente en control o revisión de un acto administrativo firme. Por tanto, el juez no puede, so pretexto de cumplir con la exigencia de ponderación de los intereses concurrentes, paralizar indefinidamente un desalojo forzoso que trae causa de un acto administrativo firme.
    • En definitiva, el hecho de que en la vivienda habiten personas especialmente vulnerables no constituye un impedimento absoluto para que pueda ser autorizada la entrada en el domicilio.
    • Pero el juez habrá de comprobar, antes de autorizar la entrada, que la Administración ha previsto la adopción de las medidas precautorias adecuadas y suficientes para que el desalojo cause el menor impacto posible a aquellos ocupantes en situación de especial vulnerabilidad.
    • La casuística es variada y son las Administraciones competentes las que deben determinar las medidas de protección adecuadas, sin que el Juez pueda imponer la adopción de una medida concreta como condición para autorizar el lanzamiento.
    • El Juez, eso sí, debe comprobar que la Administración adopta realmente las medidas de protección suficientes para no dejar desamparadas a las personas especialmente vulnerables que vayan a ser desalojadas forzosamente de la vivienda que ilegalmente ocupaban.

    En el caso enjuiciado en la STSJPV comentada, «34. (...) consta por las alegaciones del Ayuntamiento y de la Fiscal que por auto del juzgado de 2 de mayo de 2022 se requirió al Ayuntamiento en orden a la protección de los menores, y que por informe de 6 de mayo de 2022 el Ayuntamiento puso en conocimiento del Juzgado las diversas opciones contempladas encaminadas al realojo, sin que por el apelante haya sido aceptadas».

    Por todos estos motivos, se desestima el recurso de apelación y se confirma el Auto que autorizó la entrada para el desalojo, precinto y depósito de la caravana.

    Publicada en el BOPV la aplicación en Euskadi de la revisión excepcional de precios en contratos de obra

    El Boletín Oficial del País Vasco de hoy, 29 de abril de 2022, publica el anuncio del acuerdo que adoptó el Consejo de Gobierno el 5 de abril, para la aplicación del Título II del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

    De esta forma, se aplicará «en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, incluyendo las Entidades Locales existentes en la misma» el sistema de revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obra, que se acordó por medio del Real Decreto-ley 3/2022, retocado posteriormente por el Real-Decreto ley 6/2022.

    El primero de ellos fue convalidado por el Congreso en sesión de 17 de marzo de 2022, y el segundo en sesión de 28 de abril.

    Para más información, incluyo a continuación los posts en los que analicé las principales características de este sistema de revisión de precios y el enlace al acuerdo del Gobierno Vasco en el BOPV:

    Amá, he salido en la tele

    [youtube=://www.youtube.com/watch

    Tuve la suerte de ser invitado por Sergio Jiménez, de Gobierto, para participar en su podcast y videocast «Mesa de contratación».

    Hablamos sobre contratación pública desde el punto de vista que me atañe, que es el de un abogado dedicado a asesorar a sus clientes, sean empresas contratistas o administraciones públicas, para que sus respectivos objetivos se cumplan lo mejor posible.

    Hablamos de toda la vida de los contratos: la planificación previa, la preparación de cada expediente, el procedimiento de adjudicación, la ejecución del contrato y su extinción. De algunos de los problemas que pueden surgir en cada una de esas fases y el talante para abordarlos. Hablamos incluso de derecho civil, porque en el fondo no hay otro derecho (guiño).

    Fue una charla muy agradable y aun nos dejamos muchas cosas que también se podrían plantear. Me quedo con dos ideas principales: la correcta determinación del objeto del contrato y su presupuesto es clave para reducir los problemas en la adjudicación y la ejecución; y, una vez que surge el problema, la búsqueda de un punto de encuentro común, siempre en interés del cumplimiento de las necesidades públicas a satisfacer, es la mejor solución tanto para los órganos de contratación como para las empresas contratistas.

    Una vez más, gracias, Sergio.

    Se puede ver en vídeo aquí.

    Y se puede escuchar el audio aquí.

    Atajo (Shortcut) en el Mac para anotar una llamada en la agenda

    Animado por @jcarlosmelian, voy a compartir un pequeño truco que utilizo todos los días para apuntar una llamada en la agenda, usando la aplicación de Atajos que ya está en el sistema operativo macOS.

    A través de este atajo, primero se abre la libreta de contactos para elegir la persona a la que quiero llamar, luego selecciono la fecha y la hora en la que quiero/debo hacer la llamada, y automáticamente se crea un apunte en mi agenda, el día y hora señalados, con el número de teléfono a mano.

    Funciona así:

    Atajo llamada2

    Podéis descargar el atajo pinchando en este enlace. Os pedirá permiso para instalarlo y lo tendréis enseguida en vuestra biblioteca de Atajos.

    Tendréis que hacer un par de ajustes, dentro de la aplicación, haciendo doble click en el atajo para editar su funcionamiento. Primero, seleccionad el calendario en el que queréis que se anote el evento (el calendario «Tareas» es uno de los que tengo en mi ordenador, pero vosotros tendréis otros). Segundo, de manera opcional, podéis poner una alerta para que salte una notificación a modo de recordatorio. Espero que esta secuencia lo explique bien.

    Atajo llamada3

    También es importante que dejéis seleccionada esta opción de «Fijar en la barra de menús». De esa forma, tendréis un icono de Atajos en la parte superior de la pantalla (barra de menús) desde la que acceder con facilidad a este atajo.

    Atajollamada4

    Se puede lanzar usando aplicaciones como Launchbar o Alfred, asignando atajos de teclado, con un Stream Deck y de mil formas, pero esto lo dejamos para otro día.

    Lo dicho, descargad el atajo en este enlace y haced la prueba a ver qué os parece.

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